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y vigencia El Acta Unica Europea, de 1987, reunió
el bagaje legal e histórico de la asociación,
y dejó sentadas las bases para el Tratado de la
Unión Europea, más conocido como Tratado
de Maastricht. Firmado en febrero de 1992 por los doce
Jefes de Estado y de Gobierno de la Comunidad Económica
Europea, CEE, entró en vigor el 1 de noviembre
de 1993. Este Acuerdo constituye el fundamento jurídico
de la unión económica y monetaria, UEM.
"Al Tratado se incorporan en forma de anexo los Estatutos
del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central
Europeo, BCE. El Tratado de Maastricht previó que
la UEM se realizara en tres fases. La primera comenzó
el 1 de julio de 1990; la segunda, el 1 de enero de 1994;
y la tercera, el 1 de enero de 1999", afirma un documento
de divulgación de la UE
Descripción Corresponde a un Acuerdo de Complementación
Económica, suscrito en el marco del Tratado de Montevideo
de 1980, que creó la Asociación Latinoamericana de Integración
(ALADI). El objetivo del convenio es sentar las bases
para una efectiva integración económica, facilitar, ampliar
y diversificar el intercambio comercial. El acuerdo cuenta
con 18 capítulos y 4 anexos. La normativa regula materias
como el programa de liberalización, prácticas desleales
de comercio, salvaguardias, complementación energética,
solución de controversias, normas técnicas, sector automotor,
prácticas desleales de comercio, y compras gubernamentales,
entre otras. Las reglas de origen y los procedimientos
aduaneros están regulados por la Resolución Nº 78, que
contiene el Régimen de Origen de la Asociación, cuyo texto
consolidado y ordenado se encuentra en la Resolución Nº
252, del 4 de agosto de 1999.
Programa de liberalización El acuerdo original contemplaba
cuatro anexos. El primero establecía preferencias otorgadas
por Chile, sin reciprocidad, para productos de origen
boliviano; los Anexos II y III contenían los productos
liberados de gravámenes y el Anexo IV comprendía productos
objeto de negociaciones anteriores. Desde la entrada en
vigencia del convenio se han suscrito 10 Protocolos Adicionales.
A través del Séptimo se ampliaron los programas de desgravación,
estableciendo en dos anexos las preferencias otorgadas
por Chile y Bolivia, respectivamente.
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