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ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA CHILE-UNION EUROPEA

Chile

Firma y vigencia El Acta Unica Europea, de 1987, reunió el bagaje legal e histórico de la asociación, y dejó sentadas las bases para el Tratado de la Unión Europea, más conocido como Tratado de Maastricht. Firmado en febrero de 1992 por los doce Jefes de Estado y de Gobierno de la Comunidad Económica Europea, CEE, entró en vigor el 1 de noviembre de 1993. Este Acuerdo constituye el fundamento jurídico de la unión económica y monetaria, UEM. "Al Tratado se incorporan en forma de anexo los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, BCE. El Tratado de Maastricht previó que la UEM se realizara en tres fases. La primera comenzó el 1 de julio de 1990; la segunda, el 1 de enero de 1994; y la tercera, el 1 de enero de 1999", afirma un documento de divulgación de la UE

Descripción Corresponde a un Acuerdo de Complementación Económica, suscrito en el marco del Tratado de Montevideo de 1980, que creó la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI). El objetivo del convenio es sentar las bases para una efectiva integración económica, facilitar, ampliar y diversificar el intercambio comercial. El acuerdo cuenta con 18 capítulos y 4 anexos. La normativa regula materias como el programa de liberalización, prácticas desleales de comercio, salvaguardias, complementación energética, solución de controversias, normas técnicas, sector automotor, prácticas desleales de comercio, y compras gubernamentales, entre otras. Las reglas de origen y los procedimientos aduaneros están regulados por la Resolución Nº 78, que contiene el Régimen de Origen de la Asociación, cuyo texto consolidado y ordenado se encuentra en la Resolución Nº 252, del 4 de agosto de 1999.

Programa de liberalización
El acuerdo original contemplaba cuatro anexos. El primero establecía preferencias otorgadas por Chile, sin reciprocidad, para productos de origen boliviano; los Anexos II y III contenían los productos liberados de gravámenes y el Anexo IV comprendía productos objeto de negociaciones anteriores. Desde la entrada en vigencia del convenio se han suscrito 10 Protocolos Adicionales. A través del Séptimo se ampliaron los programas de desgravación, estableciendo en dos anexos las preferencias otorgadas por Chile y Bolivia, respectivamente.


 

 

 

 

 

 
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